La llegada de Semana Santa 2025 trae consigo la habitual expectativa sobre posibles descansos laborales. Mientras las tiendas se llenan de mariscos y artículos de playa, surge una duda común entre los trabajadores: ¿el jueves 17 y viernes 18 de abril son días de descanso oficial? ¿Debe pagarse doble si se trabaja en esas fechas?
¿El jueves y viernes santo son días festivos oficiales?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días jueves y viernes santo no forman parte del listado de días de descanso obligatorio. Es decir, las jornadas del 17 y 18 de abril no están contempladas en el artículo 74 de la LFT, el cual establece los nueve días feriados obligatorios para los empleadores en México.
¿Debe pagarse doble si se trabaja en Semana Santa?
Como los días santos no son considerados festivos oficiales por la ley, no existe obligación legal de otorgar un pago doble a los trabajadores que laboren en esas fechas. Por lo tanto, quienes trabajen el jueves 17 o viernes 18 de abril recibirán su salario regular, sin compensación extra.
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¿Qué pasa si mi empresa me da esos días libres?
Algunas empresas deciden ofrecer beneficios adicionales durante Semana Santa, como dar el día libre, permitir salir antes de la jornada o brindar una bonificación. Sin embargo, estas medidas son voluntarias y dependen exclusivamente del empleador o de lo establecido en el contrato laboral. No están respaldadas ni exigidas por la LFT.
¿Qué pasa con las vacaciones escolares?
Mientras tanto, los estudiantes de la Secretaría de Educación Pública (SEP) sí contarán con vacaciones del 14 al 15 de abril, aunque las universidades y otras instituciones educativas pueden seguir calendarios distintos. Este descanso académico no aplica a trabajadores formales del sector privado o público, salvo que su contrato lo contemple.
¿Qué días sí son de descanso oficial en México?
La LFT establece los siguientes días como de descanso obligatorio:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero (por el 5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo (por el 21 de marzo)
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre (por el 20 de noviembre)
- 1 de diciembre cada seis años (cambio de Poder Ejecutivo Federal)
- 25 de diciembre
- El día de la jornada electoral federal